El Segundo Juzgado de Letras de La Serena condenó al Servicio de Salud de Coquimbo a pagar una indemnización de $80.000.000 a paciente que fue sometida a una histerectomía de urgencia en el hospital de Illapel, tras presentar sangrado posparto que obligó a la extirpación del útero, al no contar el hospital con banco de sangre.
En el fallo, la magistrada Ghislaine Landarretche Sotomayor dio lugar a la acción judicial, tras establecer la responsabilidad por falta de servicio de la demandada, por lo que ordenó pagar por concepto de daño moral, la suma total de $90.000.000 al matrimonio.
Quedó acreditado que en el hospital de Illapel, donde la paciente fue intervenida originalmente para practicarle una cesárea, y donde ocurrió la hemorragia, no tenía banco de sangre. Pero no solo no tenía banco de sangre: no tenía sangre, plasma ni concentrado de plaquetas, elementos que los propios médicos que la atendieron estimaban necesarios para el control del sangrado”, sostiene el fallo.
El falló concluye con que se acoge la demanda formulada en contra del Servicio de Salud de Coquimbo, solo en cuanto se condena a esta demandada a pagar a la actora, la suma de ochenta millones de pesos y al demandante la suma de diez millones de pesos, a título indemnización de sus respectivos daños morales. Sumas que deberán ser pagadas con intereses corrientes para operaciones no reajustables en moneda nacional calculados a contar de la fecha de notificación de la presente sentencia a la parte demandada y hasta la época de pago efectivo.
Fuente: El observatodo.
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